pendencia de la Corona Española. Es decir, defenestrar al Presidente Riva
Agüero del poder militar. En la segunda moción, se comisionaba a los diputados
José Faustino Sánchez Carrión y José Joaquín de Olmedo Maruri, a viajar a la
ciudad de Guayaquil donde se encontraba el Libertador Bolívar.
¡Ah, si los libertadores San Martín y Bolívar hubieran logrado un
acuerdo de unión en Guayaquil sus ejércitos unidos habrían sellado la indepen-
dencia del Perú de España, en 1822 o inicios de 1823, posiblemente sin derramar
sangre americana y española, y sin los caóticos efectos económicos y políticos
en que se sumió la naciente nación! Pero la realidad es lo que es. El Libertador
General Simón Bolívar no tenía el ejército que requería para llevar a cabo la in-
dependencia del Perú, no obstante, sus promesas al Supremo Congreso y a los
peruanos… Además, el General Bolívar era consciente que había que aclimatar
al ejército colombiano, cuando arribara, a las alturas propias de las serranías del
Perú, cuyo promedio de altura sobre el nivel del mar está por encima de los 3000
metros. La Pampa de Junín está a 4000 metros sobre el nivel del mar; ahí se re-
alizó el primer combate decisivo entre tropas patriotas y realistas el 6 de agosto
de 1824, queda a una altura que fluctúa entre 3350 a 4050 metros sobre el nivel
del mar.
Datos tomados de Wikipedia (La Enciclopedia libre)
La Constitución Política de la República Peruana de 1823 fue el texto
constitucional elaborado por el Primer Congreso Constituyente del Perú, ins-
talado en 1822. Era de tendencia liberal y fue promulgada por el presidente José
Bernardo de Tagle el 12 de noviembre de 1823. Pero no llegó a regir pues casi de
inmediato fue suspendida en todos sus artículos para no obstaculizar la labor
del Libertador Bolívar, que por entonces preparaba la campaña final de la inde-
pendencia del Perú. Años después, fue restaurada el 1 de junio de 1827 por el
Congreso reunido tras la caída del régimen bolivariano o vitalicio. El vicepresi-
dente de la República Manuel Salazar y Baquijano, encargado del Poder Ejecu-
tivo, mandó a cumplirla el 16 de junio del mismo año.
La Constitución Política de la República Peruana de 1828 fue la tercera
carta política de la República Peruana, discutida y aprobada por el Segundo
Congreso General Constituyente del Perú y promulgada el 18 de marzo de 1828
por el presidente Constitucional de la República Mariscal José de La Mar.
El 2 de abril de 1822 José Joaquín de Olmedo, representando a la Junta
de Gobierno de la provincia libre de Guayaquil envió una carta al general San
Martin, protector del Perú donde, entre otras cosas,
le decía que el Liberta-
dor de Colombia reclama del Gobierno como un deber la incorpora-
Jorge Pino Vernaza
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BOLETÍN ANH Nº 212 • 445– 458